Aumento de los incentivos para la energía fotovoltaica en relación a la recarga de vehículos con energía fotovoltaica

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La Agencia Andaluza de la Energía ha publicado la informativa nº 20 relativa a medidas para el transporte sostenible. Entre todas las medidas, lo más destacado en relación con las instalaciones para recarga de vehículos con energías renovables (Fotovoltaica autoconsumo y aislada), es que se han incrementado los porcentajes de incentivo de la siguiente manera:

 

 Fotovoltaica conectada a red (autoconsumo) para recarga de vehículos Antes de la modificación Después de la modificación
Incentivo general 40% 60%
Actuación ámbito prioritario RIS3** 50% 65%
Infraestructura para recarga de vehículos para la dotación de servicios públicos y privados 70% 75%
Actuaciones en municipios con menos de 20.000 habitantes 80% 85%

 

Fotovoltaica aislada para recarga de vehículos

Antes de la modificación Después de la modificación

Incentivo general

45% 65%

Actuación ámbito prioritario RIS3*

55% 70%

Infraestructura para recarga de vehículos para la dotación de servicios públicos y privados

75% 75%

Actuaciones en municipios con menos de 20.000 habitantes

80% 85%

Estos son los aspectos más destacados de los incentivos para instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo para recarga de vehículos:

  • Instalaciones de autoconsumo con renovables para uso total o parcial de recarga de vehículos eléctricos
  • Potencia menor o igual a 100Kw
  • La instalación debe estar dimensionada en base al uso de la recarga de vehículos prevista y esto habrá de justificarse cuantitativamente.
  • Las instalaciones incluirán un sistema de contabilización de la energía generada y la incorporarán sistemas de gestión inteligente, que incluyan módulos para la visualización y gestión a distancia
  • Ejemplo de instalaciones: Puntos de recarga de vehículos eléctricos con energía solar fotovoltaica conectada a red en un hotel, restaurante o estación de servicio, etc.
  • Intensidad del incentivo  (sobre los costes subvencionables*):
  1. Particulares: 60% IVA Incluido
  2. Empresas: 
    1. Con carácter general: 60%
    2. Empresas en el ámbito RIS3**: 65%
  3. Puntos de recarga para servicios públicos: 75%
  4. Ayuntamientos < 20.000 habitantes: 85% IVA incluido

El coste subvencionable para empresas será aproximadamente el 85% de la base imponible

**NOTA: Sectores de empresas RIS3: sector de movilidad y logística, industria avanzada vinculada al transporte, turismo, cultura y ocio, así como salud y bienestar social, la industria agroalimentaria, las energías renovables, eficiencia energética o la construcción sostenible)

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